Una mirada de género en el derecho latinoamericano

La Plata, 15/09/20.- Desde la mirada de la transversalización del enfoque de género en el derecho latinoamericano, se gestó en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), una jornada virtual sobre la temática que contó con la participación de la directora de Vinculación, Gestión y Planificación de Políticas Institucionales, Valeria Sampayo.

 

En el encuentro virtual sobre “Necesidad de una mirada de género en el Derecho Latinoamericano”, coordinado por Alexander Linford Child (Chile), disertaron la doctora en Derecho Constitucional, máster en estudios interdisciplinarios sobre Mujeres, Género y Feminismos, Bianca Muniz Leite (Brasil); el licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, director de Asuntos Académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Álvaro Fuentealba Hernández (Chile); la docente de Historia del Derecho, Natalia Stringini (Argentina); y Andrea Gastron (Argentina).

“La jornada tiene por objetivo contribuir a la transversalización del enfoque de género en el derecho latinoamericano, que constituye una metodología que analiza y visibiliza las desigualdades (jerarquizaciones y subordinaciones) construidas a partir de la diferencias sexuales que atraviesan las relaciones sociales”, manifestó Natalia Stringini.

Prosiguiendo con el relato, Álvaro Fuentealba señaló: “Con la mirada y la obligación puestas en revertir las injusticias que a partir de las múltiples asimetrías de género viven las personas, se incorpora este enfoque para apoyar con diferentes acciones la reflexión sobre los desafíos que una mirada de género plantea a la hora de diseñar políticas que promuevan la igualdad, la no discriminación y la no violencia”.

En consonancia con la política, académica, antropóloga e investigadora mexicana, especializada en etnología, representante del feminismo latinoamericano, Marcela Lagarde, no es sencillo lograr la aceptación de la perspectiva de género, ya que hacerlo conduce a desmontar críticamente la estructura de la concepción del mundo y de la propia subjetividad. “La representación del orden genérico del mundo, los estereotipos sociales y sus normas, son fundamentales en la configuración de la subjetividad de cada persona y en la cultura. Se aprenden desde el principio de la vida y no son aleatorios, son componentes del propio ser, dimensiones subjetivas arcaicas y en permanente renovación, por ello son fundantes. Están en la base de la identidad de género de cada uno. Romper estas estructuras implica una verdadera deconstrucción de aspectos que han dado significación a nuestras visiones del mundo", se explicó.

Como corolario se citó a la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y se acentuaron las obligaciones para los Estados en materia de derechos de género. En su artículo 2° expresa: “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio; a adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer; y a establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar”.

VS

Información adicional