DIRECCIÓN DE TRABAJO PENITENCIARIO


1. Ejecutar las decisiones tomadas por el Consejo de Administración Ley N° 11.046.

2. Planificar y coordinar el trabajo, la capacitación y/o el perfeccionamiento laboral de los internos.

3. Proponer la celebración de convenios y contratos con el estado nacional, provincial y municipal, con empresas privadas, particulares y ONGs, en coordinación con el Ministerio de Trabajo.

4. Proponer la adquisición y distribución de la materia prima y la política de comercialización de todo lo producido.

5. Sugerir los peculios a pagar a los internos, de acuerdo al presupuesto vigente y a la cuenta especial Ley N° 11.046.

6. Supervisar las acciones del área, aplicadas en las distintas Unidades Penitenciarias, privilegiando las que favorezcan la inserción social de los internos.

7. Llevar las estadísticas pertinentes en el área de su competencia.

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