SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO (1 a 54)

 


1. Reemplazar al Director de la Unidad Penitenciaria en caso de ausencia, enfermedad, vacancia o delegación con todas las obligaciones y facultades que competen al mismo, toda vez que el Subdirector de Seguridad por alguna de esas razones no pudiese suplirlo.

2. Garantizar los derechos de los procesados y condenados previstos en el artículo 9 de la Ley N° 12256.

3. Ejecutar los Programas de Asistencia y Tratamiento.

4. Coordinar y supervisar las tareas de las secciones a su cargo: Registro de internos; Educación; Trabajo; Asistencia Social; Técnico criminológica; Legal; comunicación con el exterior; conductas adictivas; cultos.

5. Proponer proyectos- programas atinentes al área de su competencia, a la Dirección de la Unidad Penitenciaria y a los Órganos del Servicio Penitenciario Bonaerense, para un mejor desenvolvimiento de las tareas a su cargo.

6. Participar en estudios, conferencias, congresos vinculados al quehacer de la Institución.

 

Información adicional