DIRECCIÓN DE UNIDAD PENITENCIARIA (1 a 54)
1. Administrar la Unidad Penitenciaria a su cargo.
2. Programar y supervisar la tarea en las áreas: Asistencia y Tratamiento Penitenciario, Seguridad y Administrativa.
3. Implementar los Programas de Asistencia y Tratamiento para procesados y condenados en las áreas: Convivencia, Educación, Trabajo, Tiempo Libre y Asistencia Psico-social.
4. Garantizar los derechos de los procesados y condenados a la atención y tratamiento integral para la salud; alojamiento en ámbitos que satisfagan condiciones de salubridad; vestimenta apropiada; alimentación de valor nutritivo calórico suficiente; comunicación con el exterior a través de visitas, correspondencia, comunicaciones telefónicas; ejercicio libre de culto religioso y asesoramiento legal.
5. Coordinar el Grupo de Admisión y Seguimiento.
6. Entregar a los procesados y condenados, al ingreso en el régimen y modalidad que les correspondieren, una cartilla informativa respecto a las características de los mismos. Se consignarán en dicha cartilla, sus derechos- deberes y normas disciplinarias.
7. Proveer la cobertura integral en materia de seguridad de todas las personas privadas de la libertad y todas aquéllas que se encuentran en el interior de la Unidad Penitenciaria.
8. Efectuar la distribución del Personal, de acuerdo a las capacidades, aptitudes y actitudes para la tarea encomendada.
9. Fomentar la capacitación permanente del Personal a su cargo.
10. Supervisar el manejo de las partidas presupuestarias de las Unidades Penitenciarias.
11. Gestionar con las Direcciones Generales y organismos del Servicio Penitenciario Bonaerense, todo lo atinente al desenvolvimiento de su administración.