DIRECCIÓN DE UNIDAD PENITENCIARIA (1 a 54)



1. Administrar la Unidad Penitenciaria a su cargo.

2. Programar y supervisar la tarea en las áreas: Asistencia y Tratamiento Penitenciario, Seguridad y Administrativa.

3. Implementar los Programas de Asistencia y Tratamiento para procesados y condenados en las áreas: Convivencia, Educación, Trabajo, Tiempo Libre y Asistencia Psico-social.

4. Garantizar los derechos de los procesados y condenados a la atención y tratamiento integral para la salud; alojamiento en ámbitos que satisfagan condiciones de salubridad; vestimenta apropiada; alimentación de valor nutritivo calórico suficiente; comunicación con el exterior a través de visitas, correspondencia, comunicaciones telefónicas; ejercicio libre de culto religioso y asesoramiento legal.

5. Coordinar el Grupo de Admisión y Seguimiento.

6. Entregar a los procesados y condenados, al ingreso en el régimen y modalidad que les correspondieren, una cartilla informativa respecto a las características de los mismos. Se consignarán en dicha cartilla, sus derechos- deberes y normas disciplinarias.

7. Proveer la cobertura integral en materia de seguridad de todas las personas privadas de la libertad y todas aquéllas que se encuentran en el interior de la Unidad Penitenciaria.

8. Efectuar la distribución del Personal, de acuerdo a las capacidades, aptitudes y actitudes para la tarea encomendada.

9. Fomentar la capacitación permanente del Personal a su cargo.

10. Supervisar el manejo de las partidas presupuestarias de las Unidades Penitenciarias.

11. Gestionar con las Direcciones Generales y organismos del Servicio Penitenciario Bonaerense, todo lo atinente al desenvolvimiento de su administración.

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