JUNTA DE SELECCIÓN

 


1. Supervisar y Asesorar a los Grupos de Admisión y Seguimiento, previstos en la Ley N° 12256.

2. Planificar y coordinar la tarea de los integrantes de la Junta.

3. Evaluar las propuestas contenidas en los informes de los Grupos de Admisión y Seguimiento y elaborar los dictámenes para ubicaciones, reubicaciones, detención domiciliaria, externaciones, salidas transitorias y libertad asistida.

4. Elevar a la Jefatura del Servicio Penitenciario Bonaerense y al Juez de Ejecución o competente, los dictámenes confeccionados.

5. Proponer al Jefe del Servicio Penitenciario Bonaerense y a través de éste a los Organismos competentes la designación de su personal.

 

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